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Ariston TI 500 STI EU2 Bedienungsanleitung Seite 102

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  • DEUTSCH, seite 57
ES
II.
INSTALACIÓN
II.1. Obligaciones legales y recomendaciones para la instalación del producto
Antes de la instalación del aparato, leer atentamente las instrucciones de este manual. El incumplimiento
podría dejar la garantía sin efecto.
1. La instalación y las intervenciones en el producto deben ser efectuadas por un profesional cualificado.
Respetar las normas nacionales vigentes. Es necesario respetar todas las instrucciones relativas al
calentador de agua.
2. El fabricante se exime de cualquier responsabilidad con respecto a daños causados por una instalación
no realizada según las reglas del arte o por el incumplimiento de las instrucciones de uso.
3. En caso de instalación en locales situados sobre lugares habitados (buhardillas, graneros, falsos
techos...), aislar térmicamente los tubos y prever una cuba de retención con evacuación del agua. En
cualquier caso es necesaria una conexión al desagüe.
Para evitar un consumo excesivo de energía, instalar el calentador lo más cerca posible de los
puntos de toma de agua caliente. (Distancia recomendada inferior a 8 metros).
Recomendaciones para la instalación en el baño: Es fundamental instalar los calentadores de agua en el
baño, siguiendo las reglas o normas nacionales vigentes (NFC
15-100, RGIE...).
Clasificación de los volúmenes:
➢ El volumen 0: Es el volumen interior de la bañera o del plato de la ducha.
➢ El volumen 1: Es el volumen exterior a la bañera o al plato de la ducha y está limitado de un lado por
la superficie cilíndrica vertical circunscrita al borde de la bañera o al plato de la ducha, y del otro lado por
el plano horizontal situado a 2,25 m del fondo de la bañera o del plato de la ducha.
➢ El volumen 2: Es el volumen exterior al volumen 1. Está limitado por la superficie cilíndrica vertical a
0,60m del borde de la bañera o del plato de la ducha y por un plano horizontal situado 2,25 m por encima
del fondo de la bañera o del plato de la ducha.
➢ El volumen 3: Es el volumen exterior al volumen 2. Está limitado por la superficie cilíndrica vertical a
2,40m del volumen 2 y por un plano horizontal situado 2,25 m por encima del fondo de la bañera o del
plato de la ducha.
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