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Instrucciones Generales De Seguridad; Declaración De Garantía Del Fabricante Truma - Truma B 10 Gebrauchsanweisung

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perturbarse el funcionamien-
to del aparato a causa del
agua, suciedad o insectos.
En dicho caso no hay dere-
cho a garantía. Retirar impre-
scindiblemente la tapa de la
chimenea antes de poner en
servicio el calentador de agua.
3. En caso de que se averíe el
sistema electrónico, enviar la
placa de control electrónica
bien protegida a Truma. Si no
se observa esto se perderá el
derecho a garantía.
¡Utilice como pieza de repue-
sto solamente la placa de
control original del calentador
de agua!
4. Si se utiliza solamente la in-
stalación de agua fría sin ca-
lentador de agua, se llenará
con agua la caldera del calen-
tador de agua también en
este caso. Para evitar daños
por heladas deberá evacuarse
el contenido de agua accio-
nando la válvula de vaciado/
seguridad, incluso si no se usa
el calentador de agua. De for-
ma alternativa se ofrece la po-
sibilidad de montar una llave
de cierre delante de la toma
de agua fría y caliente.
Instrucciones genera-
les de seguridad
En caso de inestanqueida-
des de la instalación de
gas o de olores de gas:
- apagar cualquier llama
directa!
- no fumar!
- apagar los aparatos!
- cerrar la botella de gas!
- abrir la ventana!
- no accionar ningún
interruptor eléctrico!
- ordenar a un técnico la
ejecución de una in-
spección de toda la
instalación!
1. Las reparaciones las po-
drá efectuar solamente el
especialista.
2. Cualquier modificación del
aparato (incluyendo el con-
ducto de los gases de escape
y la chimenea), o la utilización
de piezas de repuesto y piezas
accesorias importantes para el
funcionamiento que no sean
piezas originales de Truma, así
como la no observancia de las
instrucciones de montaje o de
uso, provocará la anulación de
la garantía, así como la rece-
sión a cualquier derecho a ha-
cer efectiva una responsabili-
dad. Además se anula el per-
miso de uso del aparato, y con
ello, en algunos países, tam-
bién el permiso de circulación
del vehículo.
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3. La presión de servicio
de la alimentación de gas,
30 mbar (o 28 mbar de
butano/37 mbar de pro-
pano) o 50 mbar, debe
coincidir con la presión de
servicio del aparato (ver
placa del fabricante).
4. En Alemania deberán re-
sponder las instalaciones de
gas li'quido a la ficha de
trabajo DVGW, G 607.
La verificación de la insta-
lación de gas se efectuará
cada dos años por un perito
en gas licuado (DVFG, TÜV,
DEKRA). Se confirmará en el
certificado de verificación
según la ficha de trabajo
DVGW G 607.
El propietario del vehículo
será el responsable de soli-
citar la verificación.
5. En otros países se obser-
varán las normativas válidas
correspondientes. Para su se-
guridad es necesario que un
técnico verifique con regulari-
dad la instalación de gas y el
aparato (a más tardar cada
dos años).
6. Al cargar combustible o en
el garaje no está permitido el
uso del aparato.
7. Al poner por primera vez
en funcionamiento un apara-
to nuevo (o tras largos peri-
odos de desuso) puede darse
bre- vemente una ligera for-
mación de humo y olores.
Cuando esto ocurra, se acon-
seja poner el aparato al máxi-
mo y ventilar bien la estancia.
8. Un ruido desacostumbrado
del quemador o la elevación
de la llama hacen presuponer
un defecto del regulador y
hace necesaria la verificación
del regulador.
Para la instalación de gas pu-
eden utilizarse reguladores de
presión de gas con un seguro
contra sobrepresión, estos
son p.ej. reguladores con vál-
vula de seguridad según nor-
ma DIN 4811 ó VP 306. Reco-
mendamos el regulador para
vehículos Truma DUB, o para
la instalación de gas con dos
botellas en cajas accesibles
sólo por fuera, el sistema au-
tomático conmutador de re-
guladores Truma Triomatic.
Los reguladores Truma se
desarrollaron especialmente
para soportar el gran esfuerzo
en coches vivienda, botes y
vehículos. Estos poseen,
además de la válvula de se-
guridad contra sobrepresión,
un manómetro, con el que
puede verificarse el cierre
hermético de la instalación de
gas.
Conecte siempre el regulador
con mucho cuidado a mano a
las botellas de gas, Con tem-
peraturas alrededor de los
0°C e inferiores deberá accio-
narse el regulador con in-
stalación de descongelación
(Eis-Ex). Las mangueras de
conexión del regulador se
controlarán regularmente pa-
ra ver si presentan debilida-
des. Para uso en invierno,
deberán utilizarse solamente
mangueras especiales resi-
stentes a la intemperie. Las
botellas de gas deben estar
siempre verticales.
Data técnicos
Tipo de gas: gas licuado
(propano/butano)
Presión de servicio:
30 ó 50 mbar
(véase el rótulo de fábrica)
Contenido de agua:
10 ó 14 litros
Tiempo de calentamiento
hasta aprox. 70°C:
aprox. 35 minutos (10 litros)
aprox. 50 minutos (14 litros)
Presión de agua:
hasta un máx. de 2,8 bar
Potencia nominal: 1500 W
Consumo de gas: 120 g/h
Absorción de corriente
a 12 V:
Encendido: 0,17 A
Calefactado: 0,08 A
Preparación: 0,04 A
Declaración de conformidad:
El calentador de agua Truma
ha sido por la DVGW y cum-
ple las normativas CE para
calentadores a gas
(90/396/CEE) así como las
prescripciones CE en vigor.
Para los países de la UE se
dispone del número de ident.
CE: CE-0085AP0038
Declaración de
garantía del
fabricante Truma
1. Caso de garantía
El fabricante concede ga-
rantía por defectos del apara-
to que sean consecuencia de
fallo del material o de fabrica-
ción. Además, persisten los
derechos de reclamación por
garantía legales frente al ven-
dedor.
No existe derecho de
garantía:
- para consumibles y daños
ocurridos por desgaste na-
tural,
- como consecuencia de la
utilización de piezas no ori-
ginales de Truma en los apa-
ratos y con la utilización de
reguladores de gas inade-
cuados,
- al no cumplir las instruccio-
nes de montaje y las in-
strucciones para el uso de
Truma,
- por daños a causa de mane-
jo inadecuado,
- por daños a causa de emba-
laje de transporte inadecua-
do, no autorizado por
Truma.
2. Alcance de la garantía
La garantía es válida para de-
fectos en el sentido del párra-
fo 1 que apparezcan en el pla-
zo de 24 meses a partir del
cierre del contrato de venta
entre el vendedor y el consu-
midor final. El fabricante eli-
minará tales defectos medi-
ante reparación posterior,
esto es, mediante repaso o
suministro de componentes
de recambio, según su crite-
rio. Concede el fabricante la
garantía, el plazo de garantía
con respecto a las piezas re-
paradas o sustituidas no se
comienza a contar de nuevo,
sino que prevalece el plazo
antiguo en curso. Están
excluidas otras demandas, en
particular las demandas por
daños y perjuicios del comp-
rador o terceros. Las normati-
vas de la ley de asunción de
responsabilidad permanecen
inalteradas.
Los costos por utilización del
Servicio de Asistencia de
Truma para solucionar un de-
fecto que quede comprendi-
do entre los de garantía - es-
pecialmente los costos de
transporte, desplazamiento,
de trabajo y material los so-
portará el fabricante en tanto
se utilice el Servicio de
Asistencia dentro de Alema-
nia. Los Servicios de Asisten-
cia en el extranjero no están
cubiertos por la garantía.

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