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Permiso; Indicaciones Especiales Para El Montaje; Elección Del Lugar De Montaje Del Calefactor; Elección Del Lugar De Instalación De La Chimenea De Gases De Escape - Truma S 3004 Einbauanweisung

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Permiso

Darán lugar a la anulación de los derechos de garantía, así co-
mo a la exoneración de los derechos de responsabilidad,
las siguientes circunstancias:
modificaciones en el aparato (incluidas las piezas de
recambio),
modificaciones en la conducción de gas de escape y en la
chimenea,
utilización de piezas de recambio y accesorios que no sean
componentes originales de Truma,
el incumplimiento de las instrucciones de montaje y de uso.
Además, se anula el permiso de uso del aparato y con ello,
en algunos países, también el permiso de circulación del
vehículo.
El año de la primera puesta en marcha debe marcarse
con una cruz en la placa characterìsticas (66).
El montaje en vehículos debe cumplir las disposiciones
técnicas y administrativas del país donde se utilice (p. ej.,
EN 1949), Deben respetarse las normas y los reglamentos
(p.ej. en Alemania, la hoja de trabajo DVGW G 607).
Puede solicitar más información acerca de las normativas en
los países de destino correspondientes a través de nuestras
representaciones en el extranjero (véase el manual de servicio
Truma o visite www.truma.com).

Indicaciones especiales para el montaje

El aparato y su conducto de escape de gases deben mon-
tarse básicamente de modo que esté bien accesible en todo
momento para trabajos de servicio y se pueda desmontar y
montar fácilmente.
Elección del lugar de montaje del calefactor
El conductor no debe estar en contacto con la calefacción
desde su asiento durante la conducción. La calefacción no de-
be montarse inmediatamente detrás del asiento del conductor.
Comprobar, utilizando la plantilla de montaje, si la escotadu-
ra del suelo de la aspiración de aire de combustión se debe
realizar a la derecha o a la izquierda. El aire de combustión
no puede tomarse del interior del vehículo. Éste deberá
abastecerse siempre desde fuera. La aspiración del aire
de combustión no debe situarse en la zona de salpica-
dura de las ruedas (de lo contrario ha de instalarse una pro-
tección contra salpicaduras).
La escotadura del suelo para el aparato debe colocarse
de modo que no pueda entrar aire contaminado (gases
de escape, vapores de gasolina o aceite) en el interior del
vehículo.
Por debajo del aparato no deberá existir ningún
material sensible al calor (recortar la moqueta). En
los suelos de PVC puede aparecer una decoloración por calen-
tamiento del zócalo de la calefacción. Tampoco en el bajo fon-
do del vehículo debe haber materiales combustibles o sensi-
bles al agua en las proximidades de la aspiración de los gases
de combustión, o deben protegerse de los efectos del calor
(p. ej., mediante una chapa).
Si la calefacción se monta sobre un zócalo, un doble suelo
o un elemento similar, se deberá utilizar sin falta la pro-
longación de aspiración (N° de art. 30030-04800, longitud
50 cm). La prolongación de aspiración debe sobresalir libre
en la corriente de aire aprox. 5 a 10 cm por debajo del punto
más bajo del vehículo (prestar atención a la distancia del suelo
del vehículo). Para S 5004 se requieren 2 prolongaciones de
aspiración.
El zócalo o el doble suelo deben ser herméticos con respecto
al habitáculo del vehículo y deben estar fabricados de material
no inflamable o disponer interiormente de un revestimiento de
chapa. Para evitar la acumulación de gas sin quemar, el
zócalo debe tener una salida de aire de mín. 2 cm
punto más bajo o debe estar abierto hacia abajo.
2 cm²
Elección del lugar de instalación de la
chimenea de gases de escape
La utilización de la calefacción sólo se permite con chi-
menea de techo. ¡Ésta sólo debe montarse de forma ver-
tical o con una inclinación máxima de 15 grados!
El lugar de colocación de la chimenea de gases de escape de-
be elegirse de modo que ésta se encuentre siempre libre en la
corriente de aire durante el funcionamiento de la calefacción.
Las superestructuras del techo pueden perturbar el funciona-
miento de la calefacción.
El fabricante del vehículo o el montador de la calefacción de-
ben determinar mediante marchas de prueba, la combinación
de suplemento / prolongación de la chimenea en función de
la posición de montaje en el vehículo y, dado el caso, coor-
dinarse con Truma. Dependiendo del tipo del vehículo y de
las superestructuras del techo, puede ser necesario el suple-
mento de chimenea T2 (N° de art. 30700-02) o T3 (N° de art.
30700-03). El suplemento de chimenea T3 está especialmente
desarrollado para caravanas a motor.
En caso necesario, se montará adicionalmente una prolonga-
ción de chimenea AKV (N° de art. 30010-20800). Ésta debe
asegurarse mediante un tornillo.
Una ventana de techo / techo telescópico abierta/o en
la proximidad de la chimenea de los gases de escape
entraña el peligro de entrada de gas de escape en el interior
del vehículo. Por este motivo, la chimenea no puede colocarse
de modo alguno cerca de esa abertura. Si esto no es comple-
tamente posible, la calefacción sólo podrá operarse con la
ventana de techo / el techo telescópico cerrada/o. Para recal-
car esta exigencia, el montador debe colocar adicionalmente
una pegatina (N° de art. 30090-37100) bien visible en la venta-
na del techo / en el techo telescópico.
2
≤ en el
ca. 5 - 10 cm
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S 3004 pS 5004

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