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RoCo dañado
Los RoCo que deban ponerse a punto se deben marcar con la hoja de defectos y llevarse al punto
de recogida destinado para ello.
Este reglamento solo se aplica para los RoCo cuyas propiedades funcionales importantes se
hayan alterado o a los que se hayan visto afectados por daños que puedan causar accidentes.
La necesidad de puesta a punto se da, por ejemplo, con los siguientes defectos o daños:
• parte móvil dañada; enclavamiento de ruedas giratorias no funcional,
• bloqueo del fondo no funcional,
• dispositivo de frenado dañado, también si faltan las tapas de plástico en los pies de apoyo,
• pérdida o claro desgaste de los topes para limitar el radio de giro de la palanca manual,
• remolque o acoplamiento dañados,
• falta de la correa de amarre,
• acceso dañado,
• deterioro de la plegabilidad,
• piezas agrietadas o deformadas que perjudiquen esencialmente el funcionamiento y, por lo
tanto, supongan un peligro para los trabajadores o para los procesos de la empresa.
Teniendo en cuenta que las puestas a punto deben limitarse a la medida estrictamente necesa-
ria, no es necesario realizar reparaciones de inmediato en las siguientes situaciones de ejemplo:
• acoplamiento, cuando solamente estén torcidas las chapas de introducción,
• si se han perdido elementos de tope de plástico para el acceso.
N.° de art. 06.60117.BA-ES00 / 10.08.17
RoCo dañado
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